Decreto N° 509-2022
Créase un fondo fijo en la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3511 del 25-03-22.-
Dictado el 14-03-22.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Créase un Fondo Fijo en la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social para solventar gastos de participación de representaciones deportivas en: los JuegosEpade a realizarse en la provincia de La Pampa y su etapa previa, la Final Nacional Juvenil de los Juegos Evita en sede a confirmar y su etapa previa, la Final Nacional de Adultos Mayores de los Juegos Evita en sede a confirmar y su etapa previa, la FinalNacional Deporte Adaptado de los Juegos Evita en sede a confirmar y su etapa previa los Juegos Binacionales de La Araucanía en la República de Chile y su etapa previa, los Juegos Argentinos de Playa con sede a confirmar y su etapa previa, los Circuitos Patagónicos de Juegos de Playa con sedes a confirmar y sus etapas previas, los Juegos Para Epade con sede a confirmar y su etapa previa y los Juegos Para Araucanía con sede a confirmar y su etapa previa, Ligas Deportivas Municipales, Plan Provincial de Natación, Formación Profesional Inicial Guardavidas, Competencias Nacionales e Internacionales donde participen Deportistas Pampeanos y encuentros del programa Menos 1000 Más Deporte; por el monto de $ 1.500.000.
Artículo 2°.-A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social depositará en la cuenta bancaria abierta a tal efecto, la suma indicada en el artículo anterior, designándose responsables de la misma a los señores: Santiago Omar ALOU, DNI Nº 22.176.014 y Jorge Luis Ceferino MARTÍNEZALMUDEVAR, DNI N.º 20.849.666, debiendo firmar en las operaciones bancarias los dos nombrados.
Artículo 3°.-El Fondo Fijo mencionado en el artículo 1º estará sujeto a rendición de cuentas mensual, pudiendo rendirse en períodos menoresen caso de haberse consumido el 70 % del monto total. Las rendiciones deberán presentarse ante la Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social, las que fiscalizadas por la misma deberán elevarse a la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social para la aprobación, adjuntando los comprobantes respectivos y relación detallada de los mismos, refrendada por los responsables de la cuenta señalada en el Artículo 2º, correspondiendo la restitución en el momento de la rendición.